Local

Padres de Familia Podrán ver a sus Hijos aun tras Perder la Patria Potestad con la Aprobación de Nueva Reforma

En sesión ordinaria la Comisión de la Familia y Derechos de la Niñez que encabeza la diputada Nancy Macías avaló reformas al Código Civil, la Ley de Educación y la Ley de de Salud del Estado de Aguascalientes y en materia de convivencia familiar, integridad, violencia familiar, entre otros temas más.

Como primer punto del orden del día, se aprobó modificar la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Aguascalientes para incluir en la fracción X del apartado de Derecho a la Protección de la Salud y a la Seguridad Social; el término “Virus de Papiloma Humano” para que así el Estado y los municipios en coordinación con la Federación, atiendan de manera especial las enfermedades respiratorias, renales, gastrointestinales, epidémicas, cáncer, VIH/SIDA, VPH y otras enfermedades de transmisión sexual e impulsar programas de prevención e información sobre éstas.

Acto seguido, se aprobó el dictamen que resuelve la iniciativa de reforma al artículo 466 del Código Civil del Estado de Aguascalientes con el objeto de no cuartar el derecho de los menores de edad a convivir con sus padres cuando se dé la pérdida de la patria potestad por parte de alguno de los progenitores, a menos que se ponga en riesgo físico, psicológico o social a las niñas, niños o adolescentes.

Siguiendo con el orden del día, las y los legisladores aprobaron el dictamen que reforma el artículo 357 del Código Civil del Estado de Aguascalientes, con el objeto de reconocer el derecho a la integridad emocional de los integrantes de la familia, en particular de niñas, niños y adolescentes; además de establecer dentro del concepto de violencia familiar los tratos humillantes; prohibir el castigo humillante en contra de niñas, niños y adolescentes.

Posteriormente, se aprobó el dictamen que reforma el artículo 413 del Código Civil del Estado de Aguascalientes para requerir a los adoptantes acreditar el requisito de no tener sentencias o encontrase sujetos a proceso por delitos que atenten contra la familia, delitos sexuales o delitos contra la salud.